Yo, Alfonso, por la gracia de
Dios, (…) extiendo esta carta a favor de los cristianos mozárabes
de Toledo, caballeros y peones, para que posean con total garantía y
a perpetuidad cuantas propiedades, herencias, viñas y tierras tienen
hoy en su derecho y para que no pierdan nada de cuando hoy poseen
(…).
Y les concedo el derecho de que
quien fuera entre ellos peón y quisiere tomar parte en la milicia
tuviera posibles para ello, que milite; y tenga en el nombre de Dios
el derecho y libertad de vender, dar, poseer o hacer de su posesión
lo que quisiera (…).
Fuero de Toledo, 1139.
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